Aniversario 28 de la Convención sobre los Derechos del Niño

20 noviembre, 2017

El mundo conmemora hoy el aniversario 28 de la Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada el 20 de noviembre de 1989, por la Asamblea General de las Naciones Unidas.

Dos años después, en 1991, fue ratificada por el Estado dominicano. Esto facilitó la orientación de las políticas nacionales hacia la construcción de un Sistema de Protección y Garantía de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes. Y comprometió a los Estados partes a adoptar medidas educativas, administrativas, de movilización social y normativa encaminadas a la divulgación y aplicación de su contenido.

Desde entonces se inició una nueva época en la historia de la infancia dominicana, reconociendo a los niños, niñas y adolescentes como sujeto de derechos y convirtiendo a las personas adultas en sujetos de responsabilidades.

Hoy, celebramos también el Día Universal del Niño, para recordar el logro de la aprobación de la Convención sobre los Derechos del Niño, el 20 de noviembre de 1989.

La niñez es una etapa de vital importancia en el desarrollo del ser humano. En ella se construye al hombre y mujer del futuro. Es el periodo más significativo de desarrollo de la vida humana.

«No hay causa que merezca más alta prioridad que la protección y el desarrollo del niño, de quien dependen la supervivencia, la estabilidad y el progreso de todas las naciones y, de hecho, de la civilización humana». – Plan de acción de la Cumbre Mundial a favor de la Infancia

Acerca de los derechos de los niños, niñas y adolescentes

En CONANI, como órgano rector del Sistema Nacional de Protección, celebramos con mucha alegría este Día Universal del Niño.

En esta conmemoración es oportuno hablar de la importancia de dar atención privilegiada a la niñez dominicana y hacer cumplir sus derechos.

Los derechos del niño están en el Código para el Sistema de Protección y Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes, la Ley 136-03. A continuación, enunciamos los principales:

  • Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la vida.
  • Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho al nombre y nacionalidad.
  • Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a ser inscritos en el registro civil.
  • Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a mantener relaciones personales y contacto directo con el padre y la madre, aun cuando exista separación entre estos, salvo que ello sea contrario a su interés superior, lo que debe ser comprobado y autorizado por la autoridad judicial competente.
  • Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la cultura, deporte, tiempo libre y recreación. Es obligación del Estado, en especial de las instituciones que integran este Consejo, garantizar a todos los niños, niñas y adolescentes el derecho a la cultura, deporte, tiempo libre y recreación.
  • Es derecho de todos nuestros niños, niñas y adolescentes disfrutar de un medio ambiente sano y a la preservación y disfrute del paisaje. La familia, la comunidad y el Estado deberán garantizar que el ambiente en que se desarrolle esté libre de contaminación e impida que ponga en peligro su salud.
  • Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la integridad personal. Este derecho comprende el respeto a la dignidad, la inviolabilidad de la integridad física, psíquica, moral y sexual, incluyendo la preservación de su imagen, identidad, autonomía de valores, ideas, creencias, espacio y objetos personales.
  • El Estado dominicano tiene la responsabilidad de proteger a todos los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de abuso, maltrato y explotación, sin importar el medio que se utilice.
  • Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a que sea denunciado el abuso en su contra. Hazlo a través de la Línea 700, la Línea Vida (809-200-1202) o en la Fiscalía más cercana.
  • Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la libertad personal, de conciencia, pensamiento, religión, asociación y demás derechos y libertades establecidas en la Constitución, la Convención de los Derechos del Niño y en la Ley 136-03.
  • Cada uno de nuestros niños, niñas y adolescentes tiene derecho a expresar libremente su opinión, ser escuchados y tornados en cuenta, de acuerdo a su etapa progresiva de desarrollo.
  • El derecho a participar que tienen los niños, niñas y adolescentes está consagrado en la Ley 136-03. El Estado, la familia y la sociedad deben crear y fomentar oportunidades de participación de todos los niños, niñas y adolescentes y sus asociaciones.
  • Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho al honor, reputación e imagen propia, a la vida privada e intimidad personal y de la vida familiar. Estos derechos no pueden ser objeto de injerencias arbitrarias o ilegales del Estado, personas físicas o morales.
  • Todos los niños, niñas y adolescentes tendrán acceso a las diversiones y espectáculos públicos propios o clasificados como adecuados para su edad.
  • La Ley 136-03 prohíbe divulgar imagen y datos de NNA en forma que afecten su desarrollo, honor y reputación.
  • Acorde con su desarrollo, todo niño, niña y adolescente tiene derecho a recibir, buscar y utilizar todo tipo de información.
  • Todos los niños y niñas tienen derecho a disfrutar del nivel más alto posible de salud física y mental.
  • Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a ser informados y educados sobre los principios básicos de prevención en materia de salud, nutrición, estimulación temprana, desarrollo físico, salud sexual y reproductiva, higiene, saneamiento ambiental y accidentes.
  • Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la inmunización contra enfermedades prevenibles.
  • Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a protección contra sustancias alcohólicas, estupefacientes y psicotrópicas.
  • La niñez y la adolescencia tienen derecho a ser protegidos contra la explotación laboral.
  • Los adolescentes tienen derecho a una capacitación adecuada a sus condiciones de persona en desarrollo.
  • Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a una educación integral de la más alta calidad, orientada al desarrollo de sus potencialidades y capacidades.
  • Los niños, niñas y adolescentes gozan del derecho a ser tratados con respeto y dignidad por sus educadores.
  • Todos los niños, niñas y adolescentes tienen el derecho a vivir, ser criados y desarrollarse en el seno de su familia de origen. Excepcionalmente, en los casos en que ello sea imposible o contrario a su interés superior, tendrán derecho a vivir, ser criados y desarrollarse en una familia sustituta. En ningún caso puede considerarse la falta de recursos económicos como un motivo para separar a los niños, niñas y adolescentes de su familia de origen. La separación de un niño, niña o adolescente de su familia solo podrá ser el resultado de una decisión judicial, siempre que se compruebe que el hogar familiar no garantiza un ambiente adecuado a su interés superior, que permita su desarrollo. En todo caso, la familia debe ofrecer un ambiente de afecto y seguridad, que permita el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes.

Invitamos a todos, en especial a padres, madres, cuidadores, maestros, a conocer, respetar, promover y hacer cumplir los derechos de los niños, niñas y adolescentes.